Reforma Infonavit 2025 y su impacto en las empresas.

Actualizado: 14 oct
El 21 de febrero del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley del INFONAVIT y la Ley Federal del Trabajo, el cual entró en vigor el 24 de febrero. Este comunicado tiene como objetivo informar sobre su impacto económico en las empresas.
Con estos cambios, se amplían significativamente las funciones, la estructura y la operación del INFONAVIT, transformando de manera fundamental la institución e imponiendo, además, una nueva carga financiera a las empresas, ya que, la modificación al artículo 29 penúltimo párrafo de la Ley del INFONAVIT exige a todos los patrones descontar los créditos de vivienda de sus trabajadores cuando estos no perciban salarios debido a ausentismos o incapacidades.
El problema surge porque, al no recibir el trabajador un ingreso por parte del patrón, este no podrá realizar los descuentos correspondientes. Como consecuencia, deberá asumirlos de manera provisional hasta que el trabajador vuelva a percibir su salario; sin embargo, si el trabajador no regresa, el patrón no podrá recuperarlos. Este impacto será aún mayor en los siguientes casos:
Trabajadores con largos periodos de incapacidad, ya que la legislación vigente del IMSS permite hasta un año y medio.
Empresas con alta eventualidad en su plantilla laboral.
Trabajadores con salarios bajos, dado que los descuentos no pueden exceder el 20% del Salario Mínimo, o el 30% en caso de arrendamiento.
Trabajadoras incapacitadas por maternidad.
Patrones con alta incidencia de incapacidades.
Esto toca los principios de justicia y certeza jurídica, por lo que es clave consultar con sus abogados la viabilidad de un amparo.
Es fundamental no pasar por alto el otro aspecto de la reforma que, aunque no afecta directamente a los patrones, transforma de manera significativa las facultades y el funcionamiento del INFONAVIT. A continuación, presentamos los principales cambios:
Ademas de otorgar créditos, ahora el INFONAVIT podrá construir, arrendar, desarrollar y comercializar viviendas.
Para cumplir sus nuevas funciones se crea una empresa filial que estará facultada para llevar a cabo todos los actos inherentes a la consecución de sus nuevos fines.
Se reconfigura la Asamblea General y Consejo de Administración del INFONAVIT, reduciendo su cantidad de miembros, pero permaneciendo la representación tripartita del gobierno, empresas y trabajadores; por partes iguales.
El Director General del Instituto ahora formará parte de la Asamblea General, además del Consejo de Administración, y deberá presidir ambas en todo momento. A diferencia del esquema anterior, en el que no tenía participación en la Asamblea ni presidía estos órganos, ahora contará con voz, voto y derecho de veto, en caso de falta de unanimidad. Asimismo, su designación dejará de estar a cargo de la Asamblea y será responsabilidad de la Presidencia de la República.
El nuevo INFONAVIT deberá trabajar en coordinación con los gobiernos municipales y estatales para el desarrollo de sus planes de vivienda.
Esta reforma tiene un impacto económico en todas las empresas y, a su vez, transforma al INFONAVIT en un ente más complejo y centralizado, por lo que es crucial que las empresas consulten a sus asesores legales para evaluar su impacto y la viabilidad de un amparo, con el fin de protegerse o generar regulaciones favorables.
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