Aspectos clave de los cambios en descuentos Infonavit.

Actualizado: 14 oct
El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) ha establecido la fecha a partir de la cual los patrones deberán aplicar los descuentos por amortización de créditos en casos de incapacidad o ausentismo. En este documento señalamos los puntos a tener en cuenta para su correcta implementación.
En febrero de este año nos sorprendió esta nueva obligación en la Ley del INFONAVIT; sin embargo, ante los efectos no previstos, el Instituto de forma discrecional decidió posponer su entrada en vigor.
Según resolución de su Consejo de Administración, el Instituto publicó, mediante el Diario Oficial de la Federación, lo siguiente:
“los patrones deberán realizar los ajustes a sus sistemas y procesos para determinar, realizar y enterar en términos de la legislación aplicable, los descuentos a los salarios de sus trabajadores que se destinen al pago de abonos para cubrir préstamos otorgados por el Instituto, para aplicar esta disposición a partir del pago de salarios correspondientes al 4° bimestre de 2025; esto es, los correspondientes a los meses de julio y agosto, que deberá realizarse a más tardar el 17 de septiembre de 2025.”
Por ello, es fundamental adecuar los sistemas de nómina para aplicar debidamente los descuentos de crédito INFONAVIT, como guía, proporcionamos las siguientes consideraciones:
Descontar al trabajador el monto estipulado en su ”Aviso de Retención de Descuentos INFONAVIT”, íntegramente, sin disminuirlo por incapacidades ni ausentismos.
Si el salario del trabajador no alcanza para cubrir el descuento, sólo se retendrá y enterará al INFONAVIT hasta el monto posible, asegurando que, como resultado de este descuento, el trabajador reciba al menos el 80% del salario mínimo en efectivo por cada día trabajado. El patrón no será responsable por la diferencia no retenida ni enterada.
El entero de los descuentos deberá realizarse invariablemente a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA). Por lo tanto, se deberá esperar una actualización del sistema antes del 17 de septiembre del presente año.
Además, es importante considerar que, este cambio elimina un beneficio para el trabajador, por lo que será necesario sensibilizarlo, ya que impactará directamente sus ingresos en caso de ausencias o incapacidades por motivos de salud. Aun con una reducción en sus percepciones en efectivo y probable aumento de sus gastos, seguirá obligado a cubrir el pago completo de su crédito INFONAVIT.
Estamos disponibles para resolver cualquier inquietud que pudiera presentarse durante la implementación de estos cambios.
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